¿Puedo circular con el permiso de conducir caducado durante el estado de alarma?

La suspensión de las citas previas en las Jefaturas de Tráfico ha obligado a tomar medidas excepcionales

Son muchas las consecuencias que ha conllevado el anuncio del estado de alarma, que se mantiene vigente en nuestro país desde el día 14 de marzo. Por ello, las instituciones se han visto obligadas a tomar medidas extraordinarias tras el cierre de todos los locales comerciales -a excepción de aquellos de primera necesidad-, y la DGT no ha sido una excepción.

Han sido muchas las preguntas que han surgido entre los conductores tras la activación de esta situación extraordinaria: ¿se puede pasar la ITV si está caducada? ¿Estarán abiertos los talleres? ¿También cerrarán los concesionarios? ¿Qué se debe hacer si en este periodo se caduca mi permiso de conducir?

Para aclarar las dudas frente a esta última pregunta, el Ministerio del Interior ha dictado una orden por la cual la vigencia de todos los permisos de conducir que caduquen mientras permanezca el estado de alarma se prorrogarán hasta 60 días naturales. Por ello, no será necesario –ni existirá la posibilidad tras la suspensión de las citas previas- renovar aquellos permisos que expiren en este periodo.

Según esta nueva orden publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado día 21 de marzo, “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.



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