¿Qué ocurre si no pago una multa de tráfico?

No pagar las sanciones a tiempo puede acarrear sanciones mucho más altas, pudiendo llegar a duplicarse

Es muy común que, cuando a un conductor le ponen una multa, piense en la posibilidad de dejar pasar el tiempo hasta que las autoridades “se olviden”. Sentimos decirte que esta opción es bastante remota, por lo que lo más adecuado es pagar. Lo más recomendable es acogerse a la reducción de pago, disponible para casi todas las sanciones de tráfico. De esta manera, si efectuamos el pago de la multa en un período máximo de 20 días naturales desde la recepción de la misma, el importe se reducirá en un 50%. Finalizado ese plazo, tendremos 10 días más (30 días desde la recepción de la sanción) para pagar la cantidad original, sin descuento.

Los plazos de pago de una multa conllevan recargos

Pasados los primeros 30 días sin haber efectuado el pago, comienza un nuevo periodo denominado “vía ejecutiva”. Ahora, la multa tendrá un recargo de un 5% sobre la cantidad inicial. No es necesario que la administración correspondiente avise al infractor.

Si también dejamos pasar este plazo, pasamos al conocido un plazo de “providencia de apremio”. Aquí, la administración correspondiente informa del nuevo recargo de un 10% y del nuevo plazo para pagar. Si de nuevo no pagamos, se dirigirán a nosotros de nuevo. Ahora, nos informarán de un nuevo recargo, esta vez del 20%.

Cuando finaliza esta providencia de apremio, es cuando se informa al usuario, finalmente, de la llamada “diligencia de embargo”. Esto quiere decir básicamente que, tras agotar todos los plazos para pagar la multa, la administración competente se encargará de cobrarla a la fuerza. Acudirá a los bienes del infractor, comenzando por embargar el dinero que tengas en sus cuentas corrientes. De no poder encontrar estas cuentas bancarias o no existir, se pasaría a embargar valores y derechos a corto plazo, sueldos e incluso pensiones. De no quedar resuelto en pago con estos embargos, se llegaría a embargar bienes inmuebles, como viviendas o terrenos, hasta llegar a embargar intereses y rentas.

Por tanto, lo recomendable, en definitiva, es pagar la multa, ya que agotar los plazos puede condenarnos a pagar una multa que supere el doble de la cantidad inicial.



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